Banco de Venezuela, época de Páez |
En el Gobierno del General José Antonio Páez, y durante el desarrollo de la Guerra Federal (1859-1863), se elevaron notablemente los gastos por el conflicto y se registró la disminución de los ingresos aduaneros, por lo que, en el año 1861 se consideró adecuado fundar un instituto bancario para apoyar con sus recursos al gobierno. El 22 de agosto de 1861 fue creado el Banco de Venezuela, iniciando sus actividades el 1 de noviembre. En el mismo estaban presentes algunos de los integrantes de la extinguida Compañía de Accionistas. Este no tuvo relación con el Banco de Venezuela fundado en 1890. En la patente del 17 octubre de 1861, otorgada al Banco de Venezuela, se indica que podía tener en circulación billetes a plazo, que eran garantizados con deuda pública. El plazo no podía exceder de seis meses durante el primer año; después podría extenderse a voluntad del Banco, de acuerdo con el Gobierno. También podía emitir billetes convertibles a la vista hasta por el duplo de su capital, y se permitía una emisión de cien mil pesos, cuando abriera sus operaciones en forma. La conversión de los billetes emitidos a la vista, como la de los emitidos a plazo, cuando se vencían, se harían en dinero efectivo. Los billetes emitidos por el Banco, convertibles a la vista, o a plazo, serian admitidos en las cajas de fondos públicos y en las oficinas del Banco, como dinero efectivo, en todos los pagos. Y estos billetes y los emitidos por los decretos ejecutivos de 20 de octubre de 1859, 2 de agosto de 1860 y 15 de enero de 1861, eran los únicos que se admitirían en dichas cajas. Los billetes eran título ejecutivo contra los bienes del Banco sin necesidad de reconocimiento de firmas. En el ramo de emisión de billetes había un Administrador nombrado de acuerdo con el Gobierno; y su firma era una de las que autorizaban los billetes, que además irían sellados con un sello que tenía el Banco de Venezuela. El secretario de Interior y Justicia y encargado de Hacienda, Pedro José Rojas, firmó el 21 de octubre de 1861 el contrato con los representantes del Banco de Venezuela, entre los cuales estaban: Isaac J. Pardo, Juan Marcano y Luis Sucre, que formaban la comisión preparatoria del banco. En el mismo se establecía que el instituto prestaría al Tesoro nacional la suma de 4.240.000 pesos, que le sería abonada en una cuenta corriente a partir del primero de enero de 1862. Al mismo tiempo se inició la apertura de una cuenta provisional desde noviembre de 1861. El banco se comprometía a aceptar los giros que el gobierno haga contra él para los plazos en que se convenga por las sumas que adeuda el Tesoro, con especial asignación de pago sobre la mitad de los derechos de importación que se causen en la Aduana de La Guaira. En dicho contrato se indica que, con el fin de mejorar la circulación de los billetes de 2 de agosto de 1860 y 15 de enero de 1861, el Banco se compromete a convertir por sus billetes a seis meses de plazo, los que, a voluntad de los tenedores, le fueren presentados. La conversión se hará en los plazos siguientes: Las seis primeras series de los de agosto desde luego, la séptima el 31 de diciembre próximo, y las demás series con el intermedio de dos meses de una a otra en el orden de las letras del alfabeto. Respecto a la emisión de enero, la primera serie se convertirá el 31 de marzo de 1862, y las demás series con el intermedio de dos meses de una a otra en el orden de las letras del alfabeto. Esto nos indica que muy probablemente se emitieron las series con todas las letras del alfabeto, tomando en cuenta los ejemplares que se han encontrado en la actualidad, tanto los emitidos por la República como también los del banco de Venezuela.
Mas adelante en los artículos del contrato se aclara que en virtud de las facilidades que el Banco ofrece al Gobierno, este se obliga a no recibir en las oficinas nacionales otros billetes que los del Banco; exceptuándose solo los billetes emitidos por los decretos de octubre de 1859, agosto de 1860 y enero de 1861. Igualmente, el Banco admitirá en todas sus transacciones, como dinero efectivo, a la par de capital e intereses, los billetes de las tres emisiones del Gobierno. El Banco de Venezuela se vio envuelto en breve tiempo en una crisis que se agravó en enero de 1862 debido a las altas erogaciones causadas por los enfrentamientos bélicos. En el mes de abril, la compañía declaró que no podía hacer frente a las emisiones cuyo vencimiento estaba próximo por falta de fondos en efectivo. Ante la carencia de auxilios monetarios, Pedro José Rojas decidió dejar sin efecto el contrato y dispuso que en adelante todos los derechos de aduana fueran abonados en efectivo. El capital inicial fue fijado en 4.000.000 de pesos, el mismo contrato social del 22 de agosto de 1861 permitía aumentarlo con ciertas condiciones hasta los diez millones. Finalizó sus operaciones por quiebra el 30 de noviembre de 1862. Su sede estuvo en la casa número 24 en la esquina de Camejo, en Caracas. Emitió billetes en denominaciones de 8 reales o 1 peso sencillo, y 5, 10, 50 y 100 pesos. Hasta el momento solo se ha reportado la existencia de ejemplares en las denominaciones de 1, 50 y 100 pesos, siendo el más abundante el de 1 peso, con casi todas las series alfabéticas. El 7/12/2021 la Paper Money Guaranty (PMG) publicó un artículo en su sitio web indicando la certificación de un ejemplar de 100 pesos, siendo este el único que existe reportado hasta la fecha con esa denominación. Los de 8 reales tienen el siguiente texto en su anverso: “Vale por un peso sencillo. Esta emision sera amortizable en el Banco de Venezuela con el valor del cincuenta por ciento de los derechos de importacion que se causen en la aduana de La Guaira despues de pagarlo el emprestito de 20 de Octubre de 1859. Mensualmente inutilizará el Banco una cantidad igual al producto liquido del referido cincuenta por ciento y remitirá los billetes a la Contaduría General para su incineración. Si para el 30 de Junio de este año no estuviere saldada la emisión el Banco recogerá los billetes que aun queden circulantes con dinero efectivo Admisible en todas las oficinas nacionales y municipales". Los de 50 pesos: "VALE al portador por CINCUENTA pesos y sus intereses a razon de uno y medio centavo diarios contados desde ______ pagaderos en dinero efectivo a los seis meses desde hoi.". Los de 100 pesos: "VALE al portador por CIEN pesos y sus intereses a razon de tres centavos diarios contados desde ______ pagaderos en dinero efectivo a los seis meses desde hoi.".Video: Fuentes, referencias, créditos de imágenes: Actualizado el 22 de mayo de 2022 Ir a Investigaciones Tal vez te interese...
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